ADMINISTRACION TRIBUTARIA

 ADMINISTRACION TRIBUTARIA

Hemos hablado un poco acerca del derecho tributario, es momento de conocer la rama de la Administración Tributaria: Es la entidad que en representación del Estado ejerce la función de recaudación y control de los tributos sobre los ciudadanos.

En Venezuela encontramos que el SENIAT es la Administración Tributaria Nacional. Donde se regula y se ejerce cada uno de las obligaciones tributarias para las personas naturales o jurídicas.


 La Administracion Tributaria debe:

·         Recaudar tributos, intereses, sanciones y otros accesorios.

·         Ejecutar los procesos de verificación, fiscalización y determinación para constatar el cumplimiento de las leyes y demás disposiciones.

·         Asegurar el cumplimiento de las obligaciones tributarias solicitando de los órganos judiciales, las medidas cautelares, coactivas o de acción ejecutiva de acuerdo a lo previsto en el COT.

·         Proponer, aplicar y divulgar las normas en materia tributaria.

·         Elaborar los formularios y medios de declaración y distribuirlos oportunamente, informando las fechas y lugares de presentación.

·         Señalar con precisión en los requerimientos dirigidos a los contribuyentes, responsables y terceros, los documentos y datos e información solicitados por la AT.

 Sus facultades son:

1. Explicar las normas tributarias utilizando en lo posible un lenguaje claro y

accesible y en los casos en que sean de naturaleza compleja, elaborar y distribuir

folletos explicativos.

2. Mantener oficinas en diversos lugares del territorio nacional que se ocuparán de

orientar y auxiliar a los contribuyentes o responsables en el cumplimiento de sus

obligaciones.

3. Elaborar los formularios y medios de declaración y distribuirlos oportunamente,

informando las fechas y lugares de presentación.

4. Señalar con precisión en los requerimientos dirigidos a los contribuyentes,

responsables y terceros, los documentos y datos e informaciones solicitados por la

Administración Tributaria.

5. Difundir los recursos y medios de defensa que se puedan hacer valer contra los

actos dictados por la Administración Tributaria.

6. Efectuar en distintas partes del territorio nacional reuniones de información,

especialmente cuando se modifiquen las normas tributarias y durante los períodos

de presentación de declaraciones.

7. Difundir periódicamente los actos dictados por la Administración Tributaria que

establezcan normas de carácter general, así como la doctrina que hubieren emitidos

sus órganos consultivos, agrupándolas de manera que faciliten su conocimiento.


Cada una de los puntos expuestos son las actividades que debe realizar la Administración Tributaria ( en nuestro pais el SENIAT) para dar a conocer cada obligación y la correcta ejecución de las obligaciones en el territorio nacional. 

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